XXVIII. La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados.

En este apartado se dispone cuáles son los contenidos y la forma en que los sujetos obligados deberán publicar y actualizar la información que generen, relativa a los resultados de los procedimientos de licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa, así como los equivalentes que realizan en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas –ambas reglamentarias del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos–; las que resulten aplicables en materia de adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios y contrataciones de obras públicas, y los servicios relacionados con las mismas de las entidades federativas; los ordenamientos legales que regulen a los poderes Legislativo y Judicial y a los organismos autónomos; así como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


NO APLICA

Este tipo de información no es generada por la Secretaría General de Gobierno (SGG) ni sus Organismos Desconcentrados: Consejo Estatal de Población (COESPO), Consejo Estatal de Seguridad Pública (CESP), Secretariado Ejecutivo del Sistema Integral de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), Archivo General del Estado (AGE), Instituto Estatal de Transporte (IET), por no tener facultades, competencias y atribuciones otorgadas en el Artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche ni el en el Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno de la Administración Pública del Estado de Campeche; así como en los siguientes Ordenamientos Legales: Acuerdo de Creación y Reglamento Interior de COESPO, Reglamento Interior del CESP, Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Campeche (SIPINNA), Ley de Archivos del Estado de Campeche (AGE), Reglamento Interior y Ley de Transporte del Estado de Campeche (IET), respectivamente.

Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental (SAIG) y a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas (SEDUOPI) respectivamente, con fundamento en los Artículos 23 fracción XI, 35 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.

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