XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio.

Para dar cumplimiento a esta fracción, el sujeto obligado deberá organizar y publicar la información relativa a todos los programas que desarrolla o regula y que impliquen subsidios, estímulos y apoyos en efectivo o en especie. Se trata de los programas que de acuerdo con la correspondiente normatividad, los sujetos obligados dirijan a la población para incidir en su bienestar y hacer efectivos sus derechos.


NO APLICA

Este tipo de información no es generada por la Secretaría General de Gobierno (SGG) ni sus Organismos Desconcentrados: Consejo Estatal de Población (COESPO), Consejo Estatal de Seguridad Pública (CESP), Secretariado Ejecutivo del Sistema Integral de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), Archivo General del Estado de Campeche (AGEC), Instituto Estatal de Transporte (IET), por no tener facultades, competencias y atribuciones otorgadas en el Artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche ni el en el Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno de la Administración Pública del Estado de Campeche; así como en los siguientes Ordenamientos Legales: Acuerdo de Creación y Reglamento Interior de COESPO, Reglamento Interior del CESP, Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Campeche (SIPINNA), Ley de Archivos del Estado de Campeche (AGEC), Reglamento Interior y Ley de Transporte del Estado de Campeche (IET), respectivamente.

Le corresponde a Secretaría de Salud con fundamento en el Artículo 28, así como a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano (SEDESYH), Artículo 29, ambas de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche (LOAPEC).

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